Institución Educativa Pomasqui

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Funciones principales:

En virtud de que los departamentos de consejería estudiantil están encargados de implementar la atención y velar por el desarrollo integral de las y los estudiantes en el marco de la promoción, defensa y protección de derechos de las y los estudiantes en el ámbito educativo y, en consideración del alto déficit de profesionales existente, es importante optimizar la gestión de estos y estas profesionales, además de todas las iniciativas que fortalezcan y respalden sus funciones.

En este sentido, se hace necesario reiterar las atribuciones del departamento de consejería estudiantil establecidas en el artículo 50.3 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural:

-Asesorar a la institución educativa en la implementación de estrategias para contribuir en la construcción de relaciones pacíficas y armónicas, en el marco de una cultura de paz y no violencia, garantizando una amplia participación de la comunidad educativa.

-Promover en común con la comunidad educativa, espacios dignos, participativos y seguros; así como el desarrollo y la implementación participativa de los planes y programas de prevención de los factores de riesgo individual, psicosocial, comunitario y en emergencias naturales y antrópicas.

-Asesorar a la comunidad educativa para establecer acciones participativas de prevención de vulneraciones y promoción de derechos, así como la detección, intervención, derivación, referencia y contra referencia, y seguimiento de casos provenientes de situaciones de riesgo psicosocial, violencia, exclusión o vulneración de derechos de los niños, niñas y adolescentes, en el marco de los protocolos dispuestos por las autoridades rectoras; para cuyo efecto se establecerán hojas de ruta con los organismos del Sistema de Protección Integral de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, Sistema Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, Sistema de Inclusión Económica y Social, Sistema de Salud, otros sistemas de protección, instancias administrativas, la Defensoría del Pueblo y órganos especializados de la administración de justicia;

-Brindar apoyo a las y los estudiantes en los procesos de orientación vocacional, profesional y ocupacional comprende el conjunto de acciones de acompañamiento educativo, psicológico, social y de asesoramiento individual y grupal dirigido a las y los estudiantes de las instituciones educativas para que, de manera individual y con base en el autoconocimiento y la información disponible, tomen decisiones vocacionales y profesionales adecuadas como parte de la construcción de su proyecto de vida.

-Coordinar acciones participativas de prevención de vulneraciones y promoción de derechos,tomando en consideración la opinión de niños, niñas y adolescentes, así como de acciones de cooperación con profesionales de apoyo encargados de los procesos que impulsan las Unidades de Apoyo a la Inclusión en las instituciones educativas".

A su vez, considerar que mediante la Circular Nro. MINEDUC-SIEBV-2021-00003-C de fecha 5 de agosto de 2021, suscrita por la Psic. Diana Cristina Castellanos, entre las disposiciones generales para la gestión óptima de los DECE distritales e institucionales se señaló:

"Los profesionales del DECE a nivel distrital e institucional, no deberán realizar actividades que no estén enmarcadas en las competencias y atribuciones establecidas para el acompañamiento socioemocional, protección integral y prevención de riesgos psicosociales de la población estudiantil".

Finalmente, solicito realizar las acciones correspondientes para velar por el cumplimiento del marco normativo en cuanto a las atribuciones y responsabilidades de los profesionales de los Departamentos de Consejería Estudiantil, a fin de apoyar los procesos encaminados al desarrollo integral de la población estudiantil.